Recusación sin expresión de causa en proceso del fuero civil paraguayo
Palabras clave:
Recusación, Imparcialidad, Independencia, Acceso a la justicia, ÉticaResumen
Es sabido que uno de los medios para prolongar o alargar los procesos es el uso excesivo de la herramienta judicial de recusación, que en su raíz cumple con los nobles ideales de buscar la ecuanimidad e imparcialidad por parte del órgano juzgador. Ahora bien, si es un recurso (atendiendo la palabra como medio a disposición y no como una acción ante los tribunales de alzada) dispuesto por la norma que puede ser empleado por las partes para el ejercicio de la acción según se crea conveniente o no por el litigante; no puede ello significar una artimaña maliciosa, siendo que claramente tiene una base legal. No obstante, existen recursos dispuestos por la norma que no tienen una aparente utilidad, y la implementación discrecional de esos recursos claramente colabora a la mora judicial que puede disminuirse si dichos recursos desaparecen del ordenamiento jurídico. En ese sentido la investigación se enfocó a describir la regulación contenida en el artículo 24 del C.P.C. respecto a la recusación sin expresión de causa en los procesos del fuero civil paraguayo. Para lo cual se aplicó como encuadre metodológico en enfoque cualitativo, con un diseño descriptivo, para lo cual se utilizó el método hermenéutico, como técnica se aplicó la revisión bibliográfica.
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