Ejecución de sentencia versus incumplimiento del deber legal alimentario
Palabras clave:
Incumplimiento del deber legal alimentario, Ejecución de sentencia judicial, PrejudicialidadResumen
La finalidad del presente artículo es analizar la temática del incumplimiento del deber legal alimentario partiendo desde la ejecución de sentencia judicial. El incumplimiento del deber legal alimentario puede ser abordado desde la normativa civil y desde la penalización, tal como se encuentra legislado en nuestro ordenamiento positivo. Esta doble vía que posibilita la ley, lejos de resolver el conflicto que nace de la prestación de alimentos, lo que ha hecho es agravarlo. Teniendo presente que la Constitución de la República consagra, por un lado, la no privación de libertad por deuda, salvo por mandato judicial en casos de incumplimiento de deberes alimenticios. Es decir, se castiga con la pena privativa de libertad al obligado por el incumplimiento del pago de la asistencia alimentaria. La parte afectada por el incumplimiento del deber legal alimentario posee dos vías para intentar efectivizar el cumplimiento de la prestación de alimentos; la vía civil y la vía penal. El incumplimiento de la asistencia alimenticia resuelta por sentencia judicial amerita la prejudicialidad del ámbito penal, habida cuenta que una acción u omisión violatoria del ordenamiento jurídico en general es capaz de producir simultáneamente efectos civiles y efectos penales, al encuadrarse en alguno de los tipos punitivos contemplados en la ley penal, como ocurre con el incumplimiento del deber legal alimentario.
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