La Representación Parlamentaria. Control parlamentario y la rendición de cuentas. Rol Constitucional.
Palabras clave:
Representación parlamentaria, Control parlamentario, Rendición de cuentas horizontal, Rendición de cuentas verticalResumen
La representación parlamentaria surge de la legitimación otorgada por un sistema democrático, mediante el ejercicio del sufragio, lo cual genera la conformación de un órgano con características de independencia, autonomía y deliberación de los problemas nacionales. El Parlamento es la caja de resonancia de los partidos políticos y con los condimentos mencionados, éste se erige como el legítimo representante por antonomasia de los problemas nacionales en defensa de los intereses de la sociedad. Con la Constitución de 1992 y la apertura democrática que implicaba empezar a realizar ajustes al derecho positivo en Paraguay, se dota al Parlamento de mandato general, público e irrevocable a los efectos que ejerza un sistema de contrapesos equilibrado frente a los actos de gobierno. El término control parlamentario ha venido evolucionando con los años y se ha convertido en tema de discusión de mayor intensidad, la doctrina ha vinculado al concepto de control con las ideas de responsabilidad política y con el concepto de minorías parlamentarias. El Parlamento no está exento de ser objeto de control, es a su vez sujeto y objeto de control de distintas maneras. Con la nueva Carta Magna se ha previsto varias herramientas de control parlamentario, tanto como sujeto de control (comisiones de investigación, interpelación a funcionarios públicos, juicio político, etc), así como también, como objeto de control, al establecer ciertos límites al ejercicio de la labor parlamentaria y ciertas responsabilidades que como uno de los poderes del Estado debe cumplir.
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